MOTIVOS PARA RESPALDAR LA CONSULTA POPULAR POR EL ALUMBRADO PÚBLICO DE BUGA


Razones presentadas por el Comité Cívico que impulsa la Consulta Popular por la prestación directa del servicio de alumbrado público en Guadalajara de Buga. La pregunta que será sometida a la voluntad de los bugueños será: 

  • ¿Está usted de acuerdo SI o NO con que el municipio de Guadalajara de Buga preste de manera directa el servicio del alumbrado público?


Razones:

1. La nueva concesión del servicio de alumbrado público de Buga con vigencia de 20 años (2018 – 2037) carece de un estudio que demuestre la inviabilidad técnica, financiera, administrativa y económica de la prestación directa.

2. La decisión de concesionar el sistema de alumbrado público no está contemplada en Plan de Desarrollo Municipal Buga 2016 – 2019. Así mismo, la propuesta que presentó el Alcalde al Concejo y que éste aprobó, no fue consultada, no se socializó, ni se concertó los alcances y los propósitos de la misma con los usuarios.

3. La nueva concesión es inconveniente para los usuarios porque implica un incremento inmediato de las tarifas del impuesto del alumbrado público a niveles superiores al IPC de los años recientes. Para los usuarios residenciales en 8%, comerciales en 24% promedio, industriales 27% promedio y sector oficial 48% promedio.
 
4. El municipio se compromete a equilibrar la ecuación económica del contrato de concesión, tal como lo indica la Ley 80 de 1993, en los casos en que los costos de operación del concesionario se eleven por razones de variables macroeconómicas –aumento del precio de la energía, por ejemplo-. Esto a su vez implica incrementar las tarifas hasta los niveles que sean requeridos y tantas veces como las circunstancias lo demanden.

5. La concesión vigente ha demostrado, según dos estudios de la Contraloría General de la Nación – 2006 y 2013 -, que estos modelos de prestación no benefician a los usuarios.

6. La prestación directa del servicio no requiere incrementos adicionales para asegurar márgenes de rentabilidad para un concesionario. El nivel de las tarifas son exclusivamente para cubrir los costos de administración, operación, mantenimiento, expansión y modernización del sistema.


7. El Municipio de Buga debe asumir la prestación directa del sistema del alumbrado público, organizar sus finanzas, sus procesos administrativos y establecer un plan de corto y mediano plazo para la sustitución de la tecnología actual por una que sea eficiente en términos del consumo de energía y amigable con el medio ambiente. 

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